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Clasificación de las Sociedades Mercantiles en México

 

  La  clasificación de las sociedades Mercantiles atiende a diferentes conceptos los cuales podemos conoceremos.

Antes definamos este concepto:

La sociedad mercantil es una entidad Jurídica que se constituye con la unión de dos o mas personas que aportan algo en común para un fin determinado y se obligan a darse cuentas mutuamente de acuerdo con la ley

 

En México Ley de Sociedades Mercantiles reconoce y regula las siguiente Clasificación:

sociedades

  • La sociedad en nombre colectivo
  • en comandita simple
  • de responsabilidad limitada
  • Sociedad anónima
  • en comandita por acciones
  • Cooperativa

 

En esta ley no se incluye las Asociaciones Civiles y las cooperativas porque son asociaciones sin fines de lucro, es decir, no son comerciales mercantiles.

Artículo 4. Se reputarán mercantiles todas las sociedades que se constituyan en alguna de las formas reconocidas en el artículo 1º de esta Ley.

Artículo 5. Las sociedades se constituirán ante notario y en la misma forma se harán constar con sus modificaciones.

El notario no autorizará la escritura cuando los estatutos o sus modificaciones contravengan lo dispuesto por esta ley.

Sociedad por acciones simplificada

Ahora bien, existe la Sociedad por acciones simplificada (SAS) la cual entro en vigor 15 de septiembre 2016

a diferencia de las demás sociedades esta puede ser constituida por una persona física sin tener socios o accionistas, mas sin embargo no impide la inclusión de los socios  .

El 14 de marzo 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la creación de un nuevo régimen societario denominado Sociedad por acciones simplificada SAS

Este regimen tiene como objetivo poder constituir empresas o personas morales de manera administrativa,  en línea por medio de la pagina de la secretaria de Economía,de forma totalmente gratuita sin ser  obligatorio de la intervención de un fedatario público.

Características de las SAS:

1. Se constituirán a través del Sistema Electrónico de Constitución de las Sociedades por Acciones Simplificada a cargo de la Secretaría de Economía el cual estará dentrodel portal www.gob.mx/tuempresa .

2. Únicamente podrán constituirse mediante este régimen societario, personas morales con un ingreso anual máximo de 5 millones de pesos.

3. Podrán ser constituidas por uno o más socios (únicamente personas físicas).

4. Dentro del Sistema Electrónico de Constitución de las Sociedades por Acciones
Simplificada estarán disponibles estatutos proforma para facilitar la constitución de la
sociedad.

5. La constitución de la sociedad se formalizará mediante un contrato social firmado
electrónicamente por todos los accionistas mediante la e firma .

6. La intervención de un fedatario público (notario o corredor) para la constitución de la sociedad es opcional.

7. Una vez perfeccionado el contrato social, la Secretaría de Economía (SE) llevará
acabo los siguientes trámites de manera inmediata y gratuita:

• La inscripción de la constitución de la sociedad en el Registro Público de Comercio
(RPC).
• La inscripción de la sociedad en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
• El aviso de uso de la denominación.

8. Las asambleas que celebren los accionistas podrán realizarse de manera presencial o electrónica.

9. Las obligaciones de publicidad se cumplirán en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM), lo cual da control a la autoridad sobre la operación de las empresas.

10. La constitución de la sociedad podrá realizarse en horas, totalmente en línea y de manera gratuita.

 Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM)

El Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM),no solo permite constituir la sociedad ,sino también mediante este efectuar el registro ante las principales instituciones como el Servicio de Administración Tributaria (SAT) Instituto Mexicano del SeguroSocial (IMSS) y algunas instituciones Estatales permitiendo ser constituida en menos de 24 horas.

 

 
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