¿Qué es IVA?
El IVA o impuesto al valor agregado sustituye a el impuesto federal sobre ingresos mercantiles.
Este impuesto se debía pagar en todas las etapas de producción y comercialización causando un aumento acumulativo de los costos y los precios lo que afectaba a los consumidores finales.
El impuesto al valor agregado elimina los efectos nocivos del impuesto federal de ingresos mercantiles.
Los efectos acumulativos no se producen en el caso del IVA, ya que cada comerciante al recibir el pago de sus clientes recupera el que le repercutieron sus proveedores y solo entrega la diferencia al estado.
Este sistema evita que el impuesto pagado influya en el costo de los bienes y servicios, además que no lleva oculta ninguna carga fiscal en el precio que paga el consumidor final.
Su entrada en vigor en México
En México, la Ley del impuesto al valor agregado fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, el día 29 de diciembre de 1979 y entró en vigor, en toda la República, el día lo. de enero de 1980.
Con el paso del tiempo sean hecho distintas modificaciones entre los cambios mas recientes cabe señalar el estimulo para los contribuyentes que opten por el Régimen de Incorporación Fiscal, tras la publicación del Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019.
Tabla de porcentajes para determinar el IVA a pagar
IVA Materia Legal
El IVA es el principal impuesto federal indirecto en México. Grava el consumo de bienes y servicios en territorio nacional.
Sujetos al Impuesto
Se entiende que son aquellas personas físicas o morales obligadas a pagar el impuesto al valor agregado.
El Artículo 1 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que las personas físicas o morales, nacionales o extranjeras que en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes
que enajenen bienes
presten servicios independientes;
otorguen el uso o goce temporal de algún bien
importen bienes y servicios
Tasas de IVA vigentes
Para todas estas actividades existe la obligación al pago de dicho impuesto a la tasa general que actualmente es del 16%.
No obstante, por disposición de la propia ley se podrá aplicar la tasa del 0% o ya sea la exención en los siguientes casos.
Enajenación de bienes
Animales y vegetales
Medicinas de patente
Hielo y agua no gaseosa ni compuesta
Ixtle, palma y lechuguilla
Caviar, salmón ahumado y angulas
Saborizantes, micro encapsulados y aditivos alimentarios
Jarabes o concentrados para preparar refrescos
Chicles o gomas de mascar
Hielo y agua no gaseosa ni compuesta, excepto cuando este último caso, su presentación sea en envases menores de diez litros
Tractores para accionar implementos agrícolas
Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas
Invernaderos hiropónicos y equipos integrados para producir temperatura y humedad controladas
Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes
Libros, periódicos y revistas
Prestación de Servicios Independientes
Directamente a los agricultores y ganaderos
De molienda o trituración de maíz o de trigo
De pasteurización de leche
En invernaderos hiropónicos
Despepite de algodón en rama
Sacrificio de ganado y aves de corral
Suministro de agua para uso doméstico
La aplicación de esta tasa (0%) influyen a la baja recaudación del IVA y al mismo tiempo se disminuye la base que los contribuyentes que aportan al gasto público
![0% IVA](https://contavamos.com//wp-content/uploads/2019/06/descarga-0-iva.jpg)
Sin embargo, las personas que realicen alguna actividad a tasa cero tendrán la obligación de efectuar la declaración del impuesto cada mes a diferencia de los exentos estos no tienen ninguna obligación.
Cálculo del Impuesto
Para el cálculo del impuesto se aplica la tasa correspondiente según la actividad al valor de la contraprestación.
En caso de que el contribuyente incurra en gastos de bienes o servicios o uso o goce temporal en los cuales se aplique el pago por las distintas tasas de IVA o exención, solo se acreditara en la proporción en la que el valor de las actividades represente el valor total de los importes gravados y exentos. (Art 5 LIVA inciso C, 4ta RMF CN 45/IVA)
IVA en Materia contable
Para determinar correctamente el IVA es preciso conocer algunos detalles como la actividad de la empresa, las concesiones otorgadas para que conforme a esto se aplique la tasa correspondiente.
Cuentas que se emplean para registrar el IVA
Iva por pagar: Pertenece al Pasivo Circulante, su naturaleza es acreedora, en la póliza se abona el importe de IVA cobrado a los clientes.
Iva Acreditable Pertenece al activo circulante, deudora por naturaleza, en la póliza se carga el IVA que le trasladan a l contribuyente sus proveedores.
Determinación del Entero de IVA
El entero de IVA se determina restando el IVA POR PAGAR al IVA acreditable
IVA POR PAGAR
Menos:(-)
IVA ACREDITABLE
Importe del Entero de IVA
Cuando las actividades aplican a distintas tasas de IVA
Existen contribuyentes cuya actividad exigen aplicar mas de una tasa del impuesto en estos casos se determina de la siguiente manera:
Actividades Identificadas por separado
Cuando los registros permiten identificar las actividades gravables a la tasa 0% por separado de las actividades de la tasa general, únicamente se acreditaran en la declaración mensual las que sean gravables.
Por las actividades de la tasa 0% se solicitara a la autoridad la devolución de dichos importes.
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Actividades no identificables
Cuando los registros no permiten identificar las actividades sujetas a la tasa 0% con las de base gravable o exentas, se procederá a determinar lo siguiente:
Valor de las actividades gravadas tasa 16% o 0%
Entre:
Valor de las actividades gravadas tasa 16% o 0% más actividades exentas más actividades no objeto
Igual
Factor de Acreditamiento
El factor de Acreditamiento se aplicará al IVA Acreditable del Periodo, así obtendremos el IVA Acreditable del mes
Para entenderlo mejor veamos un ejemplo:
Valor de las actividades gravadas tasa 16% o 0% | Concepto | |
Ingresos | Renta de Oficinas (16%) | 30,000.00 |
Renta casa Habitación (Exenta) | 10,000.00 | |
Recuperación de Seguros (No objeto) | 25,000.00 | |
Actividades Gravadas | 30,000.00 | |
entre: | ||
Actividades totales | 65,000.00 | |
igual: | Factor de Acreditamiento | 0.4615 |
IVA Acreditable del Periodo | 8,800.00 | |
por: | Factor de Acreditamiento | 0.4615 |
Igual | IVA Acreditable del mes | 4061.20 |
El IVA es uno de los impuestos mas importantes en México debido al impacto en la sociedad ya que por ser un impuesto de flujo todos pagamos este impuesto de alguna manera, pues no hay actividad que quede fuera.